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¿POR QUÉ AFILIARSE A UGT-RTVA?

Es importante estar afiliado o afiliada a UGT-RTVA porque:

Defendemos tus derechos. En UGT-RTVA llevamos más de 30 años defendiendo los derechos de las personas trabajadoras de la Radio y Televisión de Andalucía. Por el importe de tu afiliación, tienes acceso a asesoramiento y servicios jurídicos según las condiciones y tarifas indicadas más abajo.

Nos preocupamos por tus intereses. La UGT-RTVA, se preocupa por ellos al negociar el convenio colectivo, reglamentos de las mesas paritarias, y todos los temas de interés que conciernen a la plantilla de la RTVA.

Te informamos. Tanto a través de nuestros comunicados, nuestra web y en las redes sociales, de manera personal y directa para orientarte sobre algún problema laboral.

Protección de tus datos. Antes de enviar tu solicitud, consulta la información sobre protección de datos aplicable a la afiliación y cómo ejercer tus derechos.

Es muy rentable. Con tu cuota (consulta la tabla de cuotas de afiliación 2026 más abajo) tienes acceso a una amplia gama de servicios y, además, puedes deducir en tu declaración de la renta el importe de tu cuota sindical. Ventajas para afiliados | Catálogo de servicios.

Te da más fuerza. La UGT de Andalucía es la primera fuerza sindical de Andalucía, con cerca de 140.000 afiliados y afiliadas y más de 13.000 representantes sindicales en las empresas, respaldados por más de 200.000 votos en las elecciones sindicales, siendo la mayor organización social de Andalucía.

Es un sindicato responsable. A través de la UGT de Andalucía, la UGT-RTVA, participa en el desarrollo social y económico de Andalucía a través de la concertación social, responsabilizándonos en la promoción del empleo estable y con derechos.

Cuotas de afiliación 2026

Cuotas vigentes en 2026 según la tabla de UGT FeSMC Sevilla.

Tipo de cuota Importe mensual Importe trimestral
Activos 17,20 € 51,60 €
Reducida y Autónomos 11,85 € 35,55 €
Especial Asalariados 5,75 € 17,25 €
Jubilados 1 8,75 € 26,25 €
Jubilados 2 5,75 € 17,25 €
Parados sin ingresos 5,75 € 17,25 €
Estudiantes 1,00 € 3,00 €
  • Cuota Reducida y Autónomos: se aplica a las personas afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas de trabajo o de protección por desempleo son iguales o inferiores a 14.000 € en cómputo anual.
  • Cuota Especial Asalariados: se aplica a las personas afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas de trabajo son iguales o inferiores a 7.000 €.
  • Cuota Jubilados 1: se aplica a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros son superiores a 7.000 €.
  • Cuota Jubilados 2: se aplica a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros son iguales o inferiores a 7.000 €.
  • Cuota Parados sin ingresos: se aplica a las personas afiliadas que se encuentran en situación de desempleo y carecen de ingresos o prestaciones.
  • Cuota Estudiantes: se aplica a estudiantes menores de 25 años que no tienen ningún tipo de ingresos.

Tarifa de honorarios de los servicios jurídicos

Honorarios no compensables. IVA a añadir. Importes mínimos en euros.

Concepto   Sin afiliación o con menos de 1 año de afiliación Afiliación de 1 a 2 años Afiliación de más de 2 años
Consulta y provisión de fondos
Consulta jurídica   80 € 0 € 0 €
Provisión de fondos   170 € 88 € 0 €
I. Fase previa
01. Reclamación previa y otros escritos en vía administrativa % 8,00% 5,00% 0,00%
Mínimo 200 € 120 € 0 €
02. Conciliación o arbitraje previo a la vía judicial (con avenencia) % 8,00% 5,00% 0,00%
Mínimo 280 € 170 € 0 €
03. Conciliación o arbitraje previo a la vía judicial (sin avenencia) Mínimo 170 € 100 € 0 €
04. Recurso de alzada, reposición o revisión Mínimo 280 € 170 € 0 €
II. Fase judicial (social, contencioso, mercantil)
01. Demanda ante el Juzgado de lo Social / incidente mercantil % 11,00% 7,00% 0,00%
Mínimo 300 € 200 € 0 €
02. Recurso contencioso-administrativo (abreviado u ordinario) % 11,00% 7,00% 0,00%
Mínimo 500 € 300 € 0 €
03. Extensión de efectos (contencioso-administrativo) % 10,00% 6,00% 0,00%
Mínimo 300 € 200 € 0 €
III. Fase de recurso e impugnación
01. Interposición de recurso de suplicación o apelación % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 400 € 200 € 0 €
02. Impugnación de recurso de suplicación o apelación (TSJ) % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 200 € 130 € 0 €
03. Interposición de recurso de casación (social o contencioso) % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 500 € 300 € 0 €
04. Impugnación de recurso de casación (social o contencioso) % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 300 € 200 € 0 €
05. Interposición de recurso de amparo (TC) % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 600 € 400 € 0 €
06. Demanda ante el TJUE o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 1.200 € 800 € 0 €
Ejecución y FOGASA
Ejecución judicial: con expediente previo del SJ % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 170 € 66 € 0 €
Ejecución judicial: sin expediente previo del SJ % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 270 € 166 € 0 €
Solicitud a FOGASA: sin trámite judicial (certificación de créditos) Mínimo 200 € 150 € 0 €
Solicitud a FOGASA: con trámite judicial % 12,00% 8,00% 0,00%
Mínimo 350 € 200 € 0 €
  • Del total de los honorarios se descuentan las cantidades abonadas previamente en concepto de provisión de fondos (excepto la consulta).
  • En los expedientes de Seguridad Social, la base de cálculo para la facturación a porcentaje es una anualidad de la pensión o prestación obtenida, o dos anualidades de la diferencia entre la pensión o prestación antigua y la nueva obtenida.
  • En los casos de readmisión efectiva, la base de cálculo para la facturación a porcentaje son los salarios de tramitación.
  • No se tramitan reclamaciones por importes inferiores a 300 €, salvo acuerdo excepcional y puntual de la Comisión de los Servicios Jurídicos de UGT Andalucía, con autorización previa.

¿Qué debes hacer para afiliarte?

Debes descargarte la :

Rellénala con tus datos personales, y háznosla llegar al local sindical de San Juan de Aznalfarache, o al del pabellón de Andalucía, o si lo prefieres, envíanosla por email a: ugtrtva@gmail.com.